![]() Dicha querella se interpone en el ejercicio de la "acción popular" y con el pleno convencimiento por los querellantes de que la actuación de los referidos Magistrados atenta gravemente al ordenamiento legal vigente, habiéndose extralimitado estos en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, conculcando la propia jurisprudencia del TC, vulnerando los límites constitucionales de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, violando las competencias del Tribunal Supremo en cuanto a la valoración de la prueba al actuar como una segunda casación que no existe, e incurriendo en suma en el delito de prevaricación judicial previsto y penado gravemente en el articulo 446.3º del código penal, al haber dictado una resolución a todas luces injusta e ilegal a sabiendas de que lo era; lo que fue puesto de manifiesto en la citada sentencia por el resto de Magistrados del Pleno del Constitucional que emitieron cinco votos discrepantes denunciando la actuación ilegal de sus compañeros, y que por tanto, serán citados en calidad de testigos de lo ocurrido. |
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